10/16/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 343-2016-MINCETUR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2016-MINCETUR Lima, 14 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, y en tal sentido, participa activamente en la Organización Mundial del Comercio - OMC; Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2016-MINCETUR
Lima, 14 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, y en tal sentido, participa activamente en la Organización Mundial del Comercio - OMC;

Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 26 al 28 de octubre de 2016, se llevará a cabo la 67º
Reunión del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comité MSF) de la OMC, que tiene por objetivo discutir y revisar temas tales como: el Catálogo de Instrumentos en Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, la participación en la presentación de la Unión Europea sobre su legislación relativa a disruptores endocrinos, la nueva regulación europea relacionada a nuevos alimentos (novel foods), Normas Privadas (Private Standards) relacionadas con medidas sanitarias y fitosanitarias que puedan afectar el comercio, entre otros temas;

Que, la referida Reunión del Comité MSF abordará temas de interés del Perú, incluyendo el planteamiento de reuniones bilaterales con algunos socios comerciales, por ejemplo, con México, para impulsar el acceso de palta hass y los avances para el acceso de la quinua y la kiwicha, y con Panamá, para discutir sobre el avance en el acceso de cebollas peruanas, razón por la cual se considera de interés del MINCETUR la participación de un representante en dicha reunión, para coordinar con las autoridades sanitarias correspondientes y sustentar adecuadamente a nivel técnico la posición del Perú sobre los diferentes puntos que abordará el mencionado Comité;

Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Ernesto Emilio Guevara Lam, Director de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior, del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en el evento antes mencionado;

Que, el artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ernesto Emilio Guevara Lam, , Director de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior, del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 24 al 29 de octubre de 2016, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participe en la 67º Reunión del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio - OMC, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, son con cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US $ 2 130,78
Viáticos (US$ 540,00 x 04 días) : US $ 2 160,00
Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Guevara Lam presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá;
asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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